• Reclamacion de deuda por via judicial

    RECLAMACION DE DEUDA POR  LA VIA JUDICIAL:

     

    En caso de que la via amistosa no diera resultado, o si así lo quisiera el acreedor, se puede acudir a la via judicial. La reclamacion judicial de deuda puede ser una buena posibilidad para hacer efectivo el cobro de una deuda, pero se debería utilizar una vez que se hayan agotado todas las vías de reclamacion amistosa con el deudor. Tenemos varios tipos de procedimientos en via judicial:

    - Monitorio: Se trata de un procedimiento previsto para la reclamacion de una deuda cuya cantidad sea inferior a 30.000 euros siempre y cuando pueda ser acreditada mediante documentos.

    - Ordinario: para reclamación de deuda cuya cuantía fuera superior a 3005,06€.

    - Verbal: para reclamacion de deuda cuya cuantía fuera inferior a 3005,06€.

    - Cambiario: En caso de que desde la fecha de vencimiento de los títulos a la de reclamacion en via judicial hayan transcurrido menos de 6 meses, se  procederá a reclamar la cantidad a través del procedimiento cambiario recogido en los Artículos 819 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Este es el  procedimiento idóneo, rápido y eficaz para la reclamacion de deuda cuyo soporte documental se base en dichos títulos.

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    Comentarios

    elisenda31/01/2010 15:51:14

    Deseo informacion de cual es el primer paso para presentar la reclamacion judicial a una persona
    gracies

    Respuesta Cobranza: Los primeros pasos que hay que dar son requerir formalmente el pago de la deuda dándo un plazo prudencial al deudor para regularizar la deuda, y si hace caso omiso, hay que presentar ya la demanda, según sea el caso, en monitorio, cambiario, ante el juzgado del domicilio del deudor.

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