Reclamacion de deuda por via judicial
RECLAMACION DE DEUDA POR
En caso de que la via amistosa no diera resultado, o si así lo quisiera el acreedor, se puede acudir a la via judicial. La reclamacion judicial de deuda puede ser una buena posibilidad para hacer efectivo el cobro de una deuda, pero se debería utilizar una vez que se hayan agotado todas las vías de reclamacion amistosa con el deudor. Tenemos varios tipos de procedimientos en via judicial:
- Monitorio: Se trata de un procedimiento previsto para la reclamacion de una deuda cuya cantidad sea inferior a 30.000 euros siempre y cuando pueda ser acreditada mediante documentos.
- Ordinario: para reclamación de deuda cuya cuantía fuera superior a 3005,06€.
- Verbal: para reclamacion de deuda cuya cuantía fuera inferior a 3005,06€.
- Cambiario: En caso de que desde la fecha de vencimiento de los títulos a la de reclamacion en via judicial hayan transcurrido menos de 6 meses, se procederá a reclamar la cantidad a través del procedimiento cambiario recogido en los Artículos 819 y siguientes de